El SII publica un nuevo criterio tributario
El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió el Oficio N.º 1658, con fecha 8 de julio, en el que entrega precisiones sobre la forma en que debe determinarse la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los servicios prestados por casinos online y plataformas de apuestas que operan con usuarios en Chile.
El documento, firmado por el director Jorge Trujillo Puentes, responde a una consulta realizada por una empresa extranjera que ofrece servicios de apuestas y juegos de azar de manera remota a personas domiciliadas en el país.
El margen neto, en el centro de la interpretación
La compañía explicó que, de acuerdo con su modelo de negocios, entre el 90% y el 97% del dinero apostado se destina al pago de premios, por lo que solicitó al SII confirmar si la base imponible del IVA debía corresponder únicamente al resultado económico obtenido, es decir, a la diferencia entre las apuestas recibidas y los premios pagados.
En su respuesta, el organismo recordó que, en términos generales, el IVA grava la remuneración percibida por la prestación de servicios. No obstante, precisó que, en el caso específico de las plataformas de apuestas y juegos online, esa "remuneración" debe entenderse como la contraprestación efectivamente obtenida por el operador.
Mayor certeza para el sector
Con esta interpretación, el SII reconoce que la base imponible puede corresponder al margen neto del operador —conocido en la industria como Gross Gaming Revenue (GGR)— y no al monto total apostado por los jugadores.
La aclaración entrega mayor seguridad jurídica a las empresas que ofrecen servicios de juego remoto en Chile y establece un criterio relevante para la tributación de una industria que continúa avanzando hacia un marco regulatorio más definido.
